Abogado de Apelaciones de Inmigración

No se rinda después de una negación. Nuestros abogados de apelaciones con experiencia luchan para revocar decisiones migratorias desfavorables ante el BIA y las cortes federales.

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Entendiendo las Apelaciones de Inmigración

Recibir una negación en su solicitud de inmigración puede ser devastador, pero no tiene que ser el final de su camino. El sistema migratorio de los Estados Unidos proporciona múltiples vías para impugnar decisiones desfavorables, incluyendo apelaciones ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), litigio en cortes federales, y mociones para reabrir o reconsiderar su caso. En Modern Law Group, nuestros abogados de apelaciones de inmigración tienen amplia experiencia navegando estos procedimientos complejos y luchando por los derechos de nuestros clientes en cada nivel del proceso de apelación.

Las apelaciones de inmigración requieren un conjunto de habilidades diferente al de las solicitudes iniciales. Mientras que preparar una petición original implica reunir evidencia y completar formularios, el trabajo de apelaciones exige análisis legal sofisticado, redacción persuasiva de escritos y un profundo conocimiento de los precedentes de la ley de inmigración. Nuestros abogados han argumentado exitosamente casos ante el BIA y las cortes de circuito federales, ayudando a clientes a revocar negaciones y alcanzar sus metas migratorias incluso después de contratiempos iniciales.

Importante:

Las apelaciones de inmigración tienen plazos estrictos. En la mayoría de los casos, usted tiene solo 30 días desde la fecha de la decisión del juez de inmigración para presentar un Aviso de Apelación ante el BIA. Perder este plazo puede significar perder permanentemente su derecho a apelar.

Apelaciones ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) es el organismo administrativo más alto para interpretar y aplicar las leyes de inmigración en los Estados Unidos. Ubicada en Falls Church, Virginia, el BIA tiene jurisdicción nacional para escuchar apelaciones de decisiones tomadas por Jueces de Inmigración y ciertas decisiones tomadas por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Entender cómo presentar efectivamente su caso ante el BIA es crucial para una apelación exitosa.

¿Qué Decisiones Se Pueden Apelar ante el BIA?

El BIA tiene autoridad para revisar una amplia gama de decisiones migratorias, incluyendo:

  • Órdenes de deportación emitidas por Jueces de Inmigración
  • Negaciones de asilo y decisiones de retención de deportación
  • Negaciones de cancelación de deportación tanto para residentes permanentes legales como para no residentes permanentes
  • Negaciones de ajuste de estatus en procedimientos de deportación
  • Negaciones de salida voluntaria y decisiones de fianza relacionadas
  • Negaciones de exenciones de inadmisibilidad como exenciones I-212 e I-601
  • Negaciones de NACARA y otros programas especiales
  • Mociones para reabrir o reconsiderar negadas por Jueces de Inmigración

El Proceso de Apelación ante el BIA Paso a Paso

Presentar una apelación ante el BIA implica varios pasos críticos, cada uno con sus propios requisitos y plazos:

Día 1-30 Presentar Aviso de Apelación (Formulario EOIR-26): Debe presentar su Aviso de Apelación dentro de los 30 días de la decisión del Juez de Inmigración. Este plazo es jurisdiccional y no puede extenderse.
Día 1-30 Pagar Tarifa de Presentación o Solicitar Exención: La tarifa actual del BIA debe pagarse con su Aviso de Apelación, o debe presentar una solicitud de exención de tarifa con documentación de respaldo.
21 Días Después del NOA Emisión del Calendario de Escritos: El BIA emitirá un calendario de escritos, típicamente permitiendo 21 días para el escrito del apelante.
21+ Días Presentar Escrito del Apelante: Esta es su oportunidad para presentar argumentos legales explicando por qué la decisión del Juez de Inmigración fue incorrecta.
6-24 Meses Revisión y Decisión del BIA: El BIA revisa el expediente, los escritos y la ley aplicable antes de emitir una decisión escrita.

Fundamentos para Apelaciones ante el BIA

Para tener éxito en la apelación, debe demostrar que el Juez de Inmigración cometió un error. Los fundamentos comunes para apelaciones ante el BIA incluyen:

  • Errores de derecho: El Juez de Inmigración interpretó mal o aplicó incorrectamente los estatutos, reglamentos o jurisprudencia de inmigración.
  • Errores de hecho: Las conclusiones fácticas del Juez de Inmigración fueron claramente erróneas y no fueron respaldadas por la evidencia en el expediente.
  • Violaciones del debido proceso: Se le negó una audiencia justa, como interpretación inadecuada, tiempo insuficiente para prepararse, o negación del derecho a presentar evidencia.
  • Abuso de discreción: El Juez de Inmigración ejerció su discreción de manera arbitraria o irrazonable.
  • Asistencia ineficaz de abogado: El desempeño deficiente de su abogado anterior perjudicó su caso (requiere cumplir requisitos procedimentales específicos).

Nota:

El BIA generalmente no realiza nuevas audiencias ni acepta nueva evidencia. Su apelación se basa en el expediente existente de la Corte de Inmigración. Esto hace crítico construir el expediente más sólido posible durante sus procedimientos iniciales.

Apelaciones en Cortes Federales

Si el BIA niega su apelación, usted puede tener el derecho de buscar revisión en una corte federal. La revisión de cortes federales de decisiones migratorias es limitada pero puede ser esencial cuando el BIA ha cometido errores de derecho o violado sus derechos constitucionales. Nuestros abogados tienen experiencia litigando casos de inmigración ante las Cortes de Apelaciones de los Estados Unidos, incluyendo el Noveno Circuito, el Quinto Circuito, y otras cortes de apelación federales.

Petición de Revisión en Corte de Circuito

El mecanismo principal para la revisión de corte federal de decisiones del BIA es una Petición de Revisión presentada ante la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos correspondiente. Esta petición debe presentarse dentro de los 30 días de la orden final del BIA. La corte de circuito donde presenta depende de dónde tuvieron lugar sus procedimientos migratorios.

La revisión de corte federal es particularmente importante para casos que involucran:

  • Reclamos constitucionales: Argumentos de que los procedimientos migratorios violaron sus derechos de debido proceso u otras protecciones constitucionales.
  • Cuestiones de derecho: Cuestiones legales puras, incluyendo la interpretación correcta de estatutos y reglamentos de inmigración.
  • Reclamos CAT (Convención contra la Tortura): Las cortes federales retienen jurisdicción para revisar reclamos CAT incluso cuando otras formas de alivio están prohibidas.
  • Reclamos de ciudadanía: Las disputas sobre si usted es realmente un ciudadano estadounidense son revisables por las cortes federales.

Limitaciones en la Revisión de Cortes Federales

El Congreso ha establecido limitaciones significativas en la revisión de cortes federales de decisiones migratorias. Entender estas limitaciones es crucial para evaluar si el litigio en corte federal es apropiado para su caso:

  • Decisiones discrecionales: Las cortes generalmente no pueden revisar decisiones comprometidas a la discreción de la agencia, como la negación de cancelación de deportación o salida voluntaria.
  • Barreras criminales: Ciertas condenas penales pueden limitar o eliminar su derecho a revisión de corte federal bajo INA § 242(a)(2)(C).
  • Conclusiones fácticas: Las determinaciones fácticas del BIA se revisan bajo un estándar altamente deferente y rara vez son revocadas.
  • Requisitos de agotamiento: Generalmente debe plantear todos los argumentos ante el BIA antes de poder plantearlos en corte federal.

Suspensión de Deportación:

Presentar una Petición de Revisión no detiene automáticamente su deportación de los Estados Unidos. Debe solicitar por separado una suspensión de deportación a la corte de circuito, y la corte tiene discreción sobre si concederla. Obtener una suspensión es crítico si está detenido o enfrenta deportación inminente.

Mociones para Reabrir

Una moción para reabrir pide al Juez de Inmigración o al BIA que reabra su caso basándose en nuevos hechos o evidencia que no estaban disponibles en el momento de su audiencia original. Las mociones para reabrir son una herramienta poderosa para impugnar órdenes de deportación previas, pero están sujetas a requisitos y limitaciones estrictos.

Cuándo Presentar una Moción para Reabrir

Situaciones comunes donde una moción para reabrir puede ser apropiada incluyen:

  • Cambio de condiciones del país: Las condiciones en su país de origen han cambiado significativamente desde su audiencia, haciéndolo elegible para asilo o retención de deportación.
  • Nueva evidencia descubierta: Ha obtenido evidencia material que previamente no estaba disponible a pesar de sus esfuerzos diligentes.
  • Asistencia ineficaz de abogado: Su abogado anterior no lo representó adecuadamente, y puede demostrar perjuicio (debe seguir los requisitos de Lozada).
  • Fraude o tergiversación: Su caso fue afectado por fraude, incluyendo fraude por un notario o practicante sin licencia.
  • Nueva elegibilidad para alivio: Cambios en la ley o en sus circunstancias lo han hecho nuevamente elegible para alivio, como un matrimonio con un ciudadano estadounidense.

Requisitos de Plazos

Generalmente, una moción para reabrir debe presentarse dentro de los 90 días de la decisión administrativa final en su caso. Sin embargo, hay excepciones importantes a este plazo:

  • Cambio de condiciones del país: No hay límite de tiempo para mociones basadas en cambio de condiciones del país en casos de asilo.
  • Mociones conjuntas: El gobierno puede unirse a una moción para reabrir en cualquier momento.
  • Órdenes en ausencia: Reglas especiales aplican si fue ordenado deportado en ausencia (sin estar presente).
  • Casos VAWA: Las víctimas de violencia doméstica pueden tener plazos extendidos bajo la Ley de Violencia contra la Mujer.
  • Suspensión equitativa: En circunstancias raras, las cortes pueden suspender el plazo debido a circunstancias extraordinarias.

Mociones para Reconsiderar

Una moción para reconsiderar pide al Juez de Inmigración o al BIA que reexamine su decisión basándose en un error de derecho o de hecho en la decisión original. A diferencia de las mociones para reabrir, las mociones para reconsiderar no involucran nueva evidencia—argumentan que el adjudicador cometió un error basado en el expediente existente.

Fundamentos para Reconsideración

Una moción para reconsiderar debe especificar los errores de derecho o de hecho en la decisión anterior. Las mociones para reconsiderar exitosas típicamente demuestran:

  • El adjudicador aplicó mal la ley controlante o el precedente
  • La decisión contenía errores fácticos que afectaron el resultado
  • Evidencia relevante en el expediente fue pasada por alto o mal caracterizada
  • La decisión no abordó argumentos materiales planteados por el demandado

El plazo para presentar una moción para reconsiderar es de 30 días desde la fecha de la decisión que está impugnando. Este plazo se aplica estrictamente, por lo que la acción inmediata es esencial si cree que se cometió un error en su caso.

Consideración Estratégica:

En algunos casos, puede ser ventajoso presentar tanto una moción para reconsiderar como una apelación simultáneamente, preservando todas sus opciones mientras busca la resolución más rápida. Nuestros abogados pueden aconsejarle sobre la mejor estrategia para su situación específica.

Apelaciones de USCIS y Revisión del AAO

No todas las apelaciones de inmigración pasan por el sistema de Corte de Inmigración. Las negaciones de ciertas solicitudes presentadas ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) pueden apelarse a la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) o impugnarse a través de otros procedimientos administrativos.

Apelaciones a la Oficina de Apelaciones Administrativas

El AAO maneja apelaciones de varias decisiones de USCIS, incluyendo:

  • Ciertas negaciones de peticiones familiares y basadas en empleo
  • Negaciones de peticiones de inversionista inmigrante (EB-5)
  • Negaciones de peticiones de inmigrante especial
  • Ciertas negaciones de exenciones
  • Apelaciones de negación de DACA (en circunstancias limitadas)

Mociones y Apelaciones del Centro de Servicio

Para algunas negaciones, puede presentar una moción para reabrir o reconsiderar directamente con la oficina de USCIS que tomó la decisión. Además, el Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción, se usa para apelar ciertas decisiones al AAO o para solicitar que el tomador de decisiones original reconsidere. El plazo de presentación y los requisitos de tarifa varían dependiendo del tipo de caso.

Qué Esperar Durante el Proceso de Apelación

Las apelaciones de inmigración pueden ser largas y complejas. Entender qué esperar puede ayudarle a prepararse para el proceso que viene:

Expectativas de Tiempo

Los tiempos de apelación varían significativamente dependiendo del tipo de apelación y el atraso actual:

  • Apelaciones del BIA: Actualmente toman de 6 a 24 meses desde la presentación hasta la decisión, dependiendo de la complejidad.
  • Peticiones de revisión en corte federal: Pueden tomar de 1 a 3 años, con variación significativa por circuito.
  • Mociones para reabrir/reconsiderar: Pueden decidirse dentro de 2 a 6 meses, pero casos complejos toman más tiempo.
  • Apelaciones del AAO: Los tiempos de procesamiento varían ampliamente, desde varios meses hasta más de un año.

Permanecer en los Estados Unidos Durante las Apelaciones

Si puede permanecer en los Estados Unidos durante su apelación depende de varios factores:

  • Apelaciones del BIA: Presentar una apelación generalmente suspende (pausa) su orden de deportación mientras la apelación está pendiente.
  • Revisión de corte federal: Debe solicitar por separado una suspensión de deportación; no es automática.
  • Mociones para reabrir: Generalmente no suspenden automáticamente la deportación; puede necesitar solicitar una suspensión por separado.

Autorización de Trabajo Durante las Apelaciones

Su capacidad para trabajar durante el proceso de apelación depende de su estatus migratorio actual y el tipo de apelación. En algunos casos, puede ser elegible para autorización de empleo mientras su apelación está pendiente. Nuestros abogados pueden aconsejarle sobre su situación específica y ayudarle a solicitar autorización de trabajo si está disponible.

¿Por Qué Elegir a Modern Law Group para Su Apelación de Inmigración?

Las apelaciones de inmigración requieren conocimiento especializado y experiencia que no todos los abogados de inmigración poseen. En Modern Law Group, ofrecemos varias ventajas para clientes que enfrentan apelaciones:

Historial Probado

Nuestros abogados han manejado exitosamente apelaciones ante el BIA y las cortes de circuito federales, incluyendo casos que involucran cuestiones legales complejas y situaciones fácticas desafiantes. Hemos ayudado a clientes a revocar órdenes de deportación, ganar casos de asilo en apelación, y lograr resultados favorables en casos que parecían sin esperanza después de negaciones iniciales.

Análisis Legal Experimentado

El trabajo de apelaciones requiere análisis cuidadoso del expediente, identificación de errores legales, y redacción legal persuasiva. Nuestro equipo incluye abogados con experiencia en litigio de apelaciones que entienden cómo elaborar argumentos convincentes que resuenan con los adjudicadores en el BIA y las cortes federales.

Revisión Integral del Caso

Revisamos exhaustivamente el expediente de su caso, incluyendo transcripciones, evidencia y presentaciones anteriores, para identificar todos los fundamentos potenciales para la apelación. No dejamos piedra sin voltear en nuestra búsqueda de errores que puedan formar la base de una apelación exitosa.

Comunicación Clara

Entendemos que el proceso de apelación puede ser estresante y confuso. Nuestro equipo lo mantiene informado en cada etapa, explicando desarrollos legales en lenguaje simple y asegurando que entienda sus opciones y el progreso de su caso.

Soporte Multilingüe

Nuestro personal incluye hablantes de múltiples idiomas, permitiéndonos comunicarnos efectivamente con clientes de diversos orígenes. Podemos explicar conceptos legales complejos en su idioma nativo y asegurar que nada se pierda en la traducción.

Evaluación de Caso Gratuita:

Si ha recibido una negación y está considerando una apelación, contáctenos inmediatamente para una evaluación de caso gratuita. El tiempo es crítico en casos de apelación, y la consulta temprana nos da la mejor oportunidad de proteger sus derechos.

Resumen de Plazos Críticos

Las apelaciones de inmigración tienen plazos estrictos e implacables. Perder un plazo puede significar perder permanentemente su derecho a impugnar una decisión desfavorable. Aquí están los plazos clave a recordar:

30 Días Apelación del BIA: El Aviso de Apelación debe presentarse dentro de los 30 días de la decisión del Juez de Inmigración.
30 Días Petición de Corte Federal: La Petición de Revisión debe presentarse dentro de los 30 días de la orden final del BIA.
30 Días Moción para Reconsiderar: Debe presentarse dentro de los 30 días de la decisión que se impugna.
90 Días Moción para Reabrir: Generalmente debe presentarse dentro de los 90 días (aplican excepciones para asilo/condiciones del país).
Varía Apelaciones del AAO: El plazo varía según el tipo de caso; revise su aviso de negación cuidadosamente.

¿Necesita Hablar con un Abogado de Apelaciones de Inmigración?

Si ha recibido una negación de un Juez de Inmigración, el BIA, USCIS, o cualquier otra autoridad de inmigración, el tiempo es esencial. Los plazos estrictos en las apelaciones de inmigración significan que cada día cuenta. Contacte a Modern Law Group hoy para una consulta gratuita con un abogado experimentado en apelaciones de inmigración.

Nuestro equipo revisará su caso, explicará sus opciones, y le ayudará a determinar el mejor camino a seguir. Ya sea que necesite presentar una apelación, una moción para reabrir, o explorar otros recursos, estamos aquí para luchar por su derecho a permanecer en los Estados Unidos con su familia.

No deje que una negación sea el final de su historia. Llámenos al (888) 902-9285 o envíenos un mensaje de texto al (619) 755-9822 para programar su evaluación de caso gratuita hoy.

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